Sitios arqueológicos no serán entregados a empresas privadas. LR, 29/9/15
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Sitios arqueológicos no serán entregados a empresas privadas
La publicación del Decreto Legislativo N°1198 que promueve la inversión pública y privada en los sitios arqueológicos del país ha generado opiniones encontradas en distintos sectores del Estado.
Mientras que entidades regionales del Cusco se oponen a la normativa, pues refieren que se trata de una medida privatizadora que concesionará parte de su patrimonio monumental y reducirá los ingresos que hoy perciben gracias al turismo, autoridades del Ejecutivo dicen lo contrario.
¿Cuál es la verdadera razón de la norma? Según la ministra de Cultura, Diana Álvarez Calderón, la modificación del artículo 6.1 de la Ley 28296, llamada Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, responde a tres realidades que afronta su sector: la presencia de cerca de 20 mil sitios arqueológicos en el país, la necesidad de ponerlos en valor
transformándolos en polos de desarrollo y la falta de presupuesto del gobierno central para intervenirlos.
"No existe ni existirán recursos del Estado para poner en valor todos los sitios arqueológicos, custodiarlos o desarrollar en ellos algún tipo de actividad que permita su permanencia en el tiempo", aceptó la titular del sector ayer en conferencia de prensa.
De acuerdo con Álvarez Calderón, este decreto legislativo permitirá este accionar sin que el Estado pierda la custodia o soberanía del espacio, a través de convenios de gestión cultural, un nuevo mecanismo que busca generar alianzas con entidades públicas (gobiernos regionales, locales, universidades o empresa del Estado) y privadas (fundaciones,
asociaciones sin fines de lucro, comunidades, empresas, gremios, etc) para la inversión de recursos económicos en determinados espacios que no sean considerados Patrimonio Mundial (ver recuadro) .
"Esto no constituye ni la privatización, ni concesión, ni asociaciones públicas privadas; sino un instrumento nuevo creado a la medida del sector Cultura", aclaró el viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Juan Pablo de la Puente.
A partir de ahora, empresas interesadas en invertir en cultura podrán hacerlo mendiante la administración de determinados espacios que impliquen servicios complementarios a los sitios arqueológicos como restaurantes, cafeterías o servicios básicos, entre otros.
Parte de las ganancias que se obtengan serán destinadas a la conservación y al cuidado del bien histórico.
Para el arqueólogo y ex viceministro de Cultura, Luis Castillo Butters, el DL 1198 es una medida que "si se aplica correctamente será positiva".
"Puede traer financiación a un problema como es la falta de recursos. El asunto aquí es que existan los mecanismos que permitan controlar la relación con el sector privado, pues el temor es que se convierta en una oportunidad para que se entregue el patrimonio a gente que lo que busca es sacarle provecho", señaló a La República.
Añadió que esta norma "no soslaya la responsabilidad que tiene el Estado sobre el patrimonio, no debe ser una excusa para tirar el muerto a otro".
CUSCO pide su exclusión
Sobre la situación de Cusco, región que se niega a acatar la norma y que mañana marchará pidiendo su derogatoria, la ministra Álvarez Calderón dijo que "la modificatoria de la ley no se hizo pensando en Cusco que ya cuenta con un sistema de conservación, sino en regiones que no tienen dinero".
"Cusco tiene la libertad de aplicar la norma o no. Ellos ya tienen boleto turístico y ya han hecho inversión privada hasta en los sitios de Patrimonio Mundial", enfatizó, aclarando que la ley no es obligatoria.
"Esta no es una pugna, si un municipio me dice que no, pues se la pierde", argumentó.
Sobre el tema, el gobernador regional de Cusco, Edwin Licona, descartó que pretendan postergar el desarollo de otras regiones. "Lo que necesitamos es una evolución de nuestros boletos turísticos (...) La norma debe decir que se aplique en todos los centros arqueológicos exceptuándonos".
Esa idea es compartida por la Federación Departamental de Trabajadores de Cusco. "No vamos a estar tranquilos hasta que se nos separe de esa ley", dijo Wilfredo Álvarez, secretario general.
¿Qué dice el decreto y cuáles son sus límites?
El decreto legislativo fue publicado el martes pasado en El Peruano como parte de las facultades legislativas entregadas por el Congreso al Poder Ejecutivo.
Si bien el reglamento se desarrollará en los siguientes 90 días con las opiniones de diferentes actores –aseguró el sector– desde ya se sabe que todo convenio de gestión cultural deberá conservar el significado cultural del inmueble en cuestión y promover el acceso y uso del mismo.
Se otorgará bajo la modalidad de concurso de proyectos y su vigencia no será superior a diez años.
No incluirán a los sitios del Patrimonio Mundial, ni eximirán el cumplimiento de los procedimientos estipulados en el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, ni conllevará al uso de garantías del Estado o transferencias de recursos públicos a privados, con la sola excepción de los recursos recaudados por el boleto del ingreso.
No serán intervenidos
1.-Santuario Histórico de Machu Picchu (Cusco)
2.-Sitio Arqueológico Chavín (Áncash)
3.-Zona Arqueológica Chan Chan (La Libertad)
4.- Parque Nacional Río Abiseo (San Martín-La Libertad)
5.- Líneas y Geoglífos de Nasca y Pampas de Jumana (Ica)
6.- Ciudad Sangrada Caral-Supe (Lima)
7.- Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino (incluye monumentos asociados en Cusco, Puno, Lima, Áncash,
Huánuco, Piura).
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