¿En manos del Congreso de la República? El Comercio, 14/9/09
CAMBIOS A LA LEY DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
¿En manos del Congreso de la República?
Por: Juan Pablo de la Puente
El Poder Ejecutivo ha presentado al Congreso de la República, con carácter de urgencia, un proyecto de ley para modificar la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. Esta propuesta plantea dos grandes modificaciones.
Por un lado, propone que la declaración de un bien como integrante del patrimonio cultural la realice únicamente el Congreso de la República. Es decir, el Instituto Nacional de Cultura (INC), la Biblioteca Nacional del Perú y el Archivo General de la Nación, ya no serán competentes para declarar los bienes bajo su competencia como integrantes del patrimonio cultural.
Si bien las entidades competentes tienen grandes dificultades para ejercer sus funciones eficientemente, la solución no es reducir su competencia.
La declaración de un bien como patrimonio cultural es un procedimiento eminentemente técnico. Criterios de orden político no deben determinar qué bienes integran o no nuestro patrimonio cultural.
Al Congreso le corresponde brindar las bases legislativas para que los organismos técnicos puedan ejercer sus funciones con transparencia, predictibilidad y eficiencia.
La segunda modificación incorpora un supuesto general de expropiación. Es decir, basta que un bien haya sido declarado patrimonio cultural para que sea expropiado. El régimen vigente contempla únicamente dos supuestos para la expropiación. Primero, cuando el bien se encuentra en peligro de perderse por abandono, negligencia o grave riesgo de destrucción o deterioro sustancial. Segundo, cuando se trate de consolidar la unidad inmobiliaria a fin de conservar y poner en valor el inmueble.
Una causal abierta de expropiación no solo se presta a arbitrariedad y corrupción, sino que también es parte del falso concepto de considerar a la propiedad estatal como garantía de conservación de bienes culturales.
El único camino de protección no es la propiedad estatal, especialmente en nuestro país que carece de recursos públicos suficientes. El Estado ya es propietario de todos los sitios arqueológicos en el país y el proyecto de ley ve como solución incrementar su cartera de propiedades.
En lugar de lo propuesto, se debería incentivar la inversión y participación privada en la gestión cultural.
Es cierto que la declaración de patrimonio cultural puede implicar el desplome del valor comercial del bien, pero la solución no es la expropiación, pues traslada esa carga al Estado, generando mayor gasto público.
Lo que se debe proponer son medidas tributarias de contrapeso, como la deducción como gasto de la totalidad de lo invertido en el mantenimiento, puesta en valor e investigación del bien, que sea ejecutado por el propio propietario, terceros inversionistas o donantes.
El mantenimiento y la conservación son obligaciones legales del propietario —sea público o privado— que, sin contrapeso, incentivan el abandono y la destrucción.
En conclusión, en lugar de reducir las facultades de los organismos competentes al trasladar al ámbito político la determinación de lo que se debe proteger y generar mayor gasto por expropiaciones, lo adecuado es aprobar medidas económicas que incentiven la conservación del patrimonio por parte de la iniciativa de sus propios propietarios.
Como ejemplo, miremos el espectacular desarrollo de nuestra gastronomía, incluso el cebiche ha sido declarado patrimonio cultural el 2004; sin embargo, los restaurantes no son de propiedad del Estado.
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